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Corte de Santiago condena a Universidad Andrés Bello por cobro abusivo en contrato de adhesión
- Detalles
- Categoría padre: Sentencias judiciales
- Categoría: Sentencias de Cortes de Apelaciones
- Fecha de Publicación: Miércoles, 16 Mayo 2012 00:34
- Escrito por Comunicaciones Consumidores Asociados
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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al plantel universitario privado a pagar una multa por infracción a la Ley del Consumidor, al considerar abusivas algunas de las cláusulas contenidas en su contrato de prestación de servicios.
En fallo unánime (causa rol 1905-2011), los ministros de la Primera Sala Lamberto Cisternas, Javier Moya y el abogado integrante Ángel Cruchaga, determinaron que la Universidad Andrés Bello debe pagar una multa 50 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $1.982.450, y rebajar el arancel a un porcentaje de 20% de la matrícula en el caso de la estudiante Carolina Ravinet Patiño.
Corte Suprema ordena a Instituto Profesional Santo Tomás a indemnizar a alumnos de la carrera de Perito Criminalístico
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- Categoría padre: Sentencias judiciales
- Categoría: Sentencias de la Corte Suprema
- Fecha de Publicación: Sábado, 12 Mayo 2012 00:56
- Escrito por Comunicaciones Consumidores Asociados
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La Corte Suprema confirmó que instituto profesional debe pagar una indemnización de $1.000.000 (un millón de pesos) a cada a uno de los 113 estudiantes de la carrera de perito criminalístico.
En fallo unánime (causa rol 8532-2010), los ministros de la Primera Sala Milton Juica, Adalis Oyarzún, Juan Araya, Guillermo Silva y el abogado integrante Domingo Hernández, rechazaron el recurso de casación presentado por el Instituto Profesional Santo Tomás de Temuco, en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de la Novena Región (causa 759-20010) que, en octubre de 2010, había ordenado el pago de la indemnización por responsabilidad contractual.
Corte de Santiago acoge recurso de protección contra Fonasa por tratamiento de enfermedad
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- Categoría: Derecho de consumo
- Fecha de Publicación: Jueves, 03 Mayo 2012 01:24
- Escrito por Comunicaciones Consumidores Asociados
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La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) otorgar tratamiento médico a un grupo de personas, entre ellos varios niños, que sufren una enfermedad lisosomal y que no están recibiendo atención hospitalaria.
En fallo unánime, los integrantes de la Segunda Sala Omar Astudillo (ministro), Clara Carrasco (fiscal judicial) y María Cristina Gajardo (abogada integrante), acogieron el recurso de protección para otorgar tratamiento a personas afectadas por la enfermedad de Pompe.
El fallo determina que el Fonasa y el Ministerio de Salud no respetaron el principio constitucional de igualdad ante la ley al no otorgar tratamiento a los recurrentes y sí entregarlo a otras personas afectadas por el mismo mal.
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